Senador Prohens celebra aprobación de ley que endurece penas por utilización de menores

El parlamentario por la región de Atacama, Rafael Prohens, celebró la aprobación del proyecto de ley de su autoría que penaliza la utilización de menores para la comisión de delitos. La iniciativa, en su tercer trámite constitucional, contó con el apoyo transversal por parte de los senadores, fue despachada y quedó lista para convertirse en ley.

VALPARAÍSO.-“Este proyecto viene a terminar con el mecanismo utilizado por los grupos delictivos durante el último tiempo, que les permite gozar de impunidad a través de la utilización de menores en delitos de todo índole. Hoy, los niños, niñas y adolescentes (NNA) son inimputables (menores de 14 años) o bien poseen un régimen jurídico especial de sanciones penales que están sujetas a la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, con esto se terminará con este resquicio legal”, dijo Prohens.

Otro antecedente, publicado por el Ministerio Público, relata que durante el año 2019, se cometieron 34.378 infracciones a la ley de menores, “una problemática que nos obliga a legislar en la materia”, enfatizó Prohens y agregó que “lo innovador y positivo de esta ley es ya no se sanciona al menor de edad, sino que se busca sancionar con mayor dureza a aquel mayor de 14 que el comete el delito y qué influencia en el menor de 14 años a la comisión del delito”.

En la misma línea argumentativa, señaló que “se sancionará el uso de menores de edad en todo tipo de delito, interponiendo mayores sanciones a aquellos instan a cometer éstos delitos a menores o que los incluyan. Lo anterior, con el objetivo de resguardar la integridad de los NNAs y así evitar que inicien una incipiente carrera criminal”, enfatizó el senador.
Finalmente, el parlamentario se refirió a la discusión que tuvo este proyecto la comisión mixta. “En la Cámara de Diputado se había perdido el punto central del proyecto lo cual fue recuperado en la mixta, elimina la posibilidad de que utilice un consentimiento, esto, es relevante ya que en muchos casos puede existir coerción o lazos familiares que lleven a mentir con respeto a este punto para evitar la aplicación de la ley”.

EJES DEL PROYECTO

1. Cuando el delito sea cometido con la intervención de una o más personas menores de dieciocho años de edad y mayores de catorce, se excluirá el grado mínimo de la pena señalada, según corresponda, respecto de los imputados mayores de edad que hubieren participado en él.
2. Se aumentará en un grado la pena al mayor de dieciocho años de edad, cuando el crimen o simple delito sea cometido con la intervención de una o más personas menores de catorce años de edad.
3. El consentimiento dado por el menor de dieciocho años no eximirá al mayor de esta edad de la aplicación de las reglas previstas en los incisos precedentes.

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